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Cláusulas contractuales estándar

Última actualización: 13 de septiembre de 2021

Cláusulas contractuales estándar (encargados del tratamiento)

A los efectos del artículo 26(2) de la Directiva 95/46/CE para la transferencia de datos personales a encargados del tratamiento establecidos en terceros países que no garanticen un nivel adecuado de protección de datos

Responsable del tratamiento de datos según se define en el Acuerdo de tratamiento de datos (el “ exportador de datos ”),

Y

(a) Persimmon LLC, que opera como Siberian Green, con domicilio en 450 Jackson St, #51, Columbus, IN 47201, Estados Unidos. si el exportador de datos está transfiriendo datos personales a Siberian Green según el Acuerdo de Procesamiento de Datos;

(la entidad Siberian Green pertinente descrita anteriormente se denomina el “ importador de datos ”),

cada uno una “parte”; en conjunto “las partes”,

HAN ACORDADO las siguientes Cláusulas Contractuales (las “Cláusulas”) con el fin de proporcionar garantías adecuadas con respecto a la protección de la privacidad y los derechos y libertades fundamentales de las personas para la transferencia por parte del exportador de datos al importador de datos de los datos personales especificados en el Apéndice 1.

Cláusula 1

Definiciones

 

A los efectos de las Cláusulas:

a) «datos personales», «categorías especiales de datos», «tratamiento/procesamiento», «responsable del tratamiento», «encargado del tratamiento», «interesado» y «autoridad de control» tendrán el mismo significado que en la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;

b) «el exportador de datos»: el responsable del tratamiento que transfiere los datos personales;

c) «importador de datos»: el encargado del tratamiento que acepta recibir del exportador de datos datos personales destinados a ser tratados en su nombre después de la transferencia de conformidad con sus instrucciones y los términos de las Cláusulas y que no está sujeto a un sistema de un tercer país que garantice una protección adecuada en el sentido del artículo 25, apartado 1, de la Directiva 95/46/CE;

d) «el subencargado del tratamiento» significa cualquier encargado del tratamiento contratado por el importador de datos o por cualquier otro subencargado del tratamiento del importador de datos que acepte recibir del importador de datos o de cualquier otro subencargado del tratamiento del importador de datos datos personales destinados exclusivamente a actividades de tratamiento que se llevarán a cabo en nombre del exportador de datos después de la transferencia de conformidad con sus instrucciones, los términos de las Cláusulas y los términos del subcontrato escrito;

e) «legislación aplicable en materia de protección de datos»: la legislación que protege los derechos y libertades fundamentales de las personas y, en particular, su derecho a la privacidad con respecto al tratamiento de datos personales, aplicable a un responsable del tratamiento de datos en el Estado miembro en el que esté establecido el exportador de datos;

f) «medidas de seguridad técnicas y organizativas»: las medidas destinadas a proteger los datos personales contra la destrucción accidental o ilícita o la pérdida accidental, la alteración, la divulgación o el acceso no autorizados, en particular cuando el tratamiento implique la transmisión de datos a través de una red, y contra cualquier otra forma ilícita de tratamiento.

Cláusula 2

Detalles de la transferencia

 

Los detalles de la transferencia y en particular las categorías especiales de datos personales cuando corresponda se especifican en el Apéndice 1 que forma parte integrante de las Cláusulas.

Cláusula 3

Cláusula de tercero beneficiario

 

  1. El interesado podrá hacer valer frente al exportador de datos la presente Cláusula, la Cláusula 4(b) a (i), la Cláusula 5(a) a (e) y (g) a (j), la Cláusula 6(1) y (2), la Cláusula 7, la Cláusula 8(2) y las Cláusulas 9 a 12 como tercero beneficiario.

  1. El interesado podrá hacer valer frente al importador de datos la presente Cláusula, la Cláusula 5(a) a (e) y (g), la Cláusula 6, la Cláusula 7, la Cláusula 8(2) y las Cláusulas 9 a 12, en los casos en que el exportador de datos haya desaparecido de hecho o haya dejado de existir jurídicamente, salvo que cualquier entidad sucesora haya asumido la totalidad de las obligaciones legales del exportador de datos por contrato o por ministerio de la ley, como resultado de lo cual asuma los derechos y obligaciones del exportador de datos, en cuyo caso el interesado podrá hacerlos valer frente a dicha entidad.

  1. El interesado podrá hacer valer frente al subencargado del tratamiento esta cláusula, las cláusulas 5(a) a (e) y (g), la cláusula 6, la cláusula 7, la cláusula 8(2) y las cláusulas 9 a 12, en los casos en que tanto el exportador de datos como el importador de datos hayan desaparecido de hecho o dejado de existir jurídicamente o se hayan declarado insolventes, a menos que cualquier entidad sucesora haya asumido la totalidad de las obligaciones legales del exportador de datos por contrato o por ministerio de la ley como resultado de lo cual asuma los derechos y obligaciones del exportador de datos, en cuyo caso el interesado podrá hacer valer dichos derechos frente a dicha entidad. Dicha responsabilidad frente a terceros del subencargado del tratamiento se limitará a sus propias operaciones de tratamiento en virtud de las cláusulas.

  1. Las partes no se oponen a que un interesado sea representado por una asociación u otro organismo si el interesado así lo desea expresamente y si lo permite la legislación nacional.

Cláusula 4

Obligaciones del exportador de datos

 

El exportador de datos acepta y garantiza:

a) que el tratamiento, incluida la propia transferencia, de los datos personales se ha llevado a cabo y seguirá llevándose a cabo de conformidad con las disposiciones pertinentes de la legislación de protección de datos aplicable (y, en su caso, se ha notificado a las autoridades pertinentes del Estado miembro en el que esté establecido el exportador de datos) y no infringe las disposiciones pertinentes de dicho Estado;

(b) que ha instruido y durante la duración de los servicios de procesamiento de datos personales instruirá al importador de datos para que procese los datos personales transferidos únicamente en nombre del exportador de datos y de conformidad con la legislación de protección de datos aplicable y las Cláusulas;

c) que el importador de datos proporcionará garantías suficientes respecto de las medidas de seguridad técnicas y organizativas especificadas en el Apéndice 2 de este contrato;

d) que, tras la evaluación de los requisitos de la legislación aplicable en materia de protección de datos, las medidas de seguridad son adecuadas para proteger los datos personales contra la destrucción accidental o ilícita o la pérdida accidental, la alteración, la divulgación o el acceso no autorizados, en particular cuando el tratamiento implique la transmisión de datos a través de una red, y contra todas las demás formas ilícitas de tratamiento, y que dichas medidas garantizan un nivel de seguridad adecuado a los riesgos que presente el tratamiento y a la naturaleza de los datos a proteger, teniendo en cuenta el estado de la técnica y el coste de su aplicación;

(e) que garantizará el cumplimiento de las medidas de seguridad;

f) que, si la transferencia se refiere a categorías especiales de datos, el interesado ha sido informado o será informado antes o lo antes posible después de la transferencia de que sus datos podrían ser transmitidos a un tercer país que no ofrezca una protección adecuada en el sentido de la Directiva 95/46/CE;

(g) remitir cualquier notificación recibida del importador de datos o de cualquier subencargado del tratamiento de conformidad con la Cláusula 5(b) y la Cláusula 8(3) a la autoridad de supervisión de protección de datos si el exportador de datos decide continuar la transferencia o levantar la suspensión;

(h) poner a disposición de los interesados, previa solicitud, una copia de las Cláusulas, con excepción del Apéndice 2, y una descripción resumida de las medidas de seguridad, así como una copia de cualquier contrato de servicios de subprocesamiento que deba realizarse de conformidad con las Cláusulas, a menos que las Cláusulas o el contrato contengan información comercial, en cuyo caso podrá eliminar dicha información comercial;

(i) que, en caso de subprocesamiento, la actividad de procesamiento se lleva a cabo de conformidad con la Cláusula 11 por un subprocesador que proporcione al menos el mismo nivel de protección de los datos personales y los derechos del titular de los datos que el importador de datos de conformidad con las Cláusulas; y

(j) que garantizará el cumplimiento de la cláusula 4(a) a (i).

Cláusula 5

Obligaciones del importador de datos

 

El importador de datos acepta y garantiza:

(a) procesar los datos personales únicamente en nombre del exportador de datos y en cumplimiento de sus instrucciones y las Cláusulas; si no puede proporcionar dicho cumplimiento por cualquier razón, se compromete a informar rápidamente al exportador de datos sobre su incapacidad para cumplir, en cuyo caso el exportador de datos tiene derecho a suspender la transferencia de datos y/o rescindir el contrato;

b) que no tiene motivos para creer que la legislación que le es aplicable le impide cumplir las instrucciones recibidas del exportador de datos y sus obligaciones en virtud del contrato y que en caso de un cambio en dicha legislación que pueda tener un efecto adverso sustancial sobre las garantías y obligaciones previstas en las Cláusulas, notificará prontamente el cambio al exportador de datos tan pronto como tenga conocimiento, en cuyo caso el exportador de datos tendrá derecho a suspender la transferencia de datos y/o rescindir el contrato;

(c) que ha implementado las medidas técnicas y organizativas de seguridad especificadas en el Apéndice 2 antes de procesar los datos personales transferidos;

d) que notificará sin demora al exportador de datos sobre:

(i) cualquier solicitud legalmente vinculante de divulgación de datos personales por parte de una autoridad policial, a menos que esté prohibido de otra manera, como una prohibición en virtud del derecho penal para preservar la confidencialidad de una investigación policial;

(ii) cualquier acceso accidental o no autorizado; y

(iii) cualquier solicitud recibida directamente de los interesados ​​sin responder a dicha solicitud, a menos que haya sido autorizado de otro modo para hacerlo;

e) atender con prontitud y de manera adecuada todas las consultas del exportador de datos relacionadas con el procesamiento de los datos personales sujetos a la transferencia y acatar el asesoramiento de la autoridad supervisora ​​con respecto al procesamiento de los datos transferidos;

f) a petición del exportador de datos, someter sus instalaciones de procesamiento de datos a una auditoría de las actividades de procesamiento cubiertas por las Cláusulas, que será realizada por el exportador de datos o por un organismo de inspección compuesto por miembros independientes y en posesión de las cualificaciones profesionales requeridas, vinculados por un deber de confidencialidad, seleccionado por el exportador de datos, en su caso, de acuerdo con la autoridad de control;

(g) poner a disposición del titular de los datos, previa solicitud, una copia de las Cláusulas o de cualquier contrato existente para el subprocesamiento, a menos que las Cláusulas o el contrato contengan información comercial, en cuyo caso podrá eliminar dicha información comercial, con excepción del Apéndice 2, que se sustituirá por una descripción resumida de las medidas de seguridad en aquellos casos en que el titular de los datos no pueda obtener una copia del exportador de datos;

(h) que, en caso de subtratamiento, ha informado previamente al exportador de datos y obtenido su consentimiento previo por escrito;

(i) que los servicios de procesamiento por parte del subencargado del tratamiento se llevarán a cabo de conformidad con la Cláusula 11;

(j) enviar sin demora una copia de cualquier acuerdo de subprocesador que celebre en virtud de las Cláusulas al exportador de datos.

Cláusula 6

Responsabilidad

 

  1. Las partes acuerdan que cualquier interesado que haya sufrido daños como resultado de cualquier incumplimiento de las obligaciones a que se refiere la Cláusula 3 o la Cláusula 11 por parte de cualquier parte o subencargado del tratamiento tiene derecho a recibir una compensación del exportador de datos por el daño sufrido.

  1. Si un interesado no puede presentar una reclamación de indemnización de conformidad con el apartado 1 contra el exportador de datos, como consecuencia de un incumplimiento por parte del importador de datos o su subencargado del tratamiento de cualquiera de sus obligaciones a que se refieren la cláusula 3 o la cláusula 11, porque el exportador de datos ha desaparecido de hecho o ha dejado de existir jurídicamente o se ha vuelto insolvente, el importador de datos acepta que el interesado pueda presentar una reclamación contra el importador de datos como si fuera el exportador de datos, a menos que cualquier entidad sucesora haya asumido la totalidad de las obligaciones legales del exportador de datos por contrato o por imperio de la ley, en cuyo caso el interesado puede hacer valer sus derechos contra dicha entidad. El importador de datos no puede invocar un incumplimiento por parte de un subencargado del tratamiento de sus obligaciones para evitar sus propias responsabilidades.

  1. Si un interesado no puede presentar una reclamación contra el exportador de datos o el importador de datos a que se refieren los apartados 1 y 2, como consecuencia de un incumplimiento por parte del subencargado del tratamiento de cualquiera de sus obligaciones a que se refieren la cláusula 3 o la cláusula 11 porque tanto el exportador de datos como el importador de datos han desaparecido de hecho o han dejado de existir jurídicamente o se han declarado insolventes, el subencargado del tratamiento acepta que el interesado pueda presentar una reclamación contra el subencargado del tratamiento de datos con respecto a sus propias operaciones de tratamiento de datos en virtud de las cláusulas como si fuera el exportador de datos o el importador de datos, a menos que cualquier entidad sucesora haya asumido la totalidad de las obligaciones legales del exportador de datos o del importador de datos por contrato o por ministerio de la ley, en cuyo caso el interesado puede hacer valer sus derechos contra dicha entidad. La responsabilidad del subencargado del tratamiento de datos se limitará a sus propias operaciones de tratamiento de datos en virtud de las cláusulas.

Cláusula 7

Mediación y jurisdicción

 

  1. El importador de datos acepta que si el titular de los datos invoca contra él derechos de terceros beneficiarios y/o reclama indemnización por daños y perjuicios en virtud de las Cláusulas, el importador de datos aceptará la decisión del titular de los datos;

a) someter el litigio a mediación, por una persona independiente o, en su caso, por la autoridad de control;

b) someter el litigio a los tribunales del Estado miembro en el que esté establecido el exportador de datos.

  1. Las partes acuerdan que la elección realizada por el titular de los datos no perjudicará sus derechos sustantivos o procesales de buscar recursos de conformidad con otras disposiciones del derecho nacional o internacional.

Cláusula 8

Cooperación con las autoridades supervisoras

 

  1. El exportador de datos se compromete a depositar una copia de este contrato ante la autoridad supervisora ​​si así lo solicita o si dicho depósito es requerido por la legislación de protección de datos aplicable.

  1. Las partes acuerdan que la autoridad supervisora ​​tiene derecho a realizar una auditoría del importador de datos y de cualquier subprocesador, que tiene el mismo alcance y está sujeta a las mismas condiciones que se aplicarían a una auditoría del exportador de datos según la ley de protección de datos aplicable.

  1. El importador de datos informará sin demora al exportador de datos sobre la existencia de legislación aplicable a él o a cualquier subencargado del tratamiento que impida la realización de una auditoría del importador de datos o de cualquier subencargado del tratamiento, de conformidad con el apartado 2. En tal caso, el exportador de datos tendrá derecho a adoptar las medidas previstas en la cláusula 5(b).

Cláusula 9

Ley aplicable

 

Las cláusulas se regirán por la legislación del Estado miembro en el que esté establecido el exportador de datos.

Cláusula 10

Variación del contrato

 

Las partes se comprometen a no variar ni modificar las presentes Cláusulas. Esto no impide que las partes añadan cláusulas sobre cuestiones comerciales cuando así lo requieran, siempre que no contradigan la Cláusula.

Cláusula 11

Subprocesamiento

 

  1. El importador de datos no subcontratará ninguna de las operaciones de tratamiento que realice en nombre del exportador de datos en virtud de las Cláusulas sin el consentimiento previo por escrito del exportador de datos. Cuando el importador de datos subcontrate sus obligaciones en virtud de las Cláusulas, con el consentimiento del exportador de datos, lo hará únicamente mediante un acuerdo escrito con el subencargado del tratamiento que imponga a este las mismas obligaciones que las impuestas al importador de datos en virtud de las Cláusulas. Cuando el subencargado del tratamiento no cumpla sus obligaciones en materia de protección de datos en virtud de dicho acuerdo escrito, el importador de datos seguirá siendo plenamente responsable ante el exportador de datos del cumplimiento de las obligaciones del subencargado del tratamiento en virtud de dicho acuerdo.

  1. El contrato escrito previo entre el importador de datos y el subencargado del tratamiento también deberá prever una cláusula de tercero beneficiario, tal como se establece en la cláusula 3, para los casos en que el interesado no pueda reclamar la indemnización a que se refiere el apartado 1 de la cláusula 6 contra el exportador de datos o el importador de datos porque estos hayan desaparecido de hecho o hayan dejado de existir jurídicamente o se hayan declarado insolventes y ninguna entidad sucesora haya asumido la totalidad de las obligaciones legales del exportador de datos o del importador de datos por contrato o por ministerio de la ley. Esta responsabilidad frente a terceros del subencargado del tratamiento se limitará a sus propias operaciones de tratamiento en virtud de las cláusulas.

  1. Las disposiciones relativas a los aspectos de protección de datos para el subtratamiento del contrato a que se refiere el apartado 1 se regirán por la legislación del Estado miembro en el que esté establecido el exportador de datos.

  1. El exportador de datos deberá mantener una lista de los contratos de subcontratación celebrados en virtud de las presentes Cláusulas y notificados por el importador de datos de conformidad con la Cláusula 5(j), que deberá actualizarse al menos una vez al año. La lista estará a disposición de la autoridad de control de protección de datos del exportador de datos.

Cláusula 12

Obligación tras la finalización de los servicios de tratamiento de datos personales

 

  1. Las partes acuerdan que, al finalizar la prestación de servicios de tratamiento de datos, el importador de datos y el subencargado del tratamiento devolverán, a elección del exportador de datos, todos los datos personales transferidos y las copias de los mismos al exportador de datos o destruirán todos los datos personales y certificarán al exportador de datos que lo han hecho, a menos que la legislación impuesta al importador de datos le impida devolver o destruir la totalidad o parte de los datos personales transferidos. En ese caso, el importador de datos garantiza que garantizará la confidencialidad de los datos personales transferidos y no procesará más activamente los datos personales transferidos.

  1. El importador de datos y el subencargado del tratamiento garantizan que, a petición del exportador de datos y/o de la autoridad de control, someterán sus instalaciones de tratamiento de datos a una auditoría de las medidas a que se refiere el apartado 1.

Apéndice 1 de las cláusulas contractuales estándar de Siberian Green

Este Apéndice forma parte de las Cláusulas

Exportador de datos El exportador de datos es la entidad jurídica no perteneciente a Siberian Green que es parte de las Cláusulas.

Importador de datos El importador de datos es: Siberian Green

si el exportador de datos está transfiriendo datos personales a Siberian Green bajo el Acuerdo de Procesamiento de Datos; o

Sujetos de datos Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías de interesados: los interesados ​​incluyen personas sobre las que se proporcionan datos originados en el EEE a Siberian Green a través de los Servicios comerciales por (o bajo la dirección de) el exportador de datos.

Categorías de datos Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías de datos: Datos relacionados con personas físicas proporcionados a Siberian Green a través de los Servicios comerciales por (o bajo la dirección de) el exportador de datos, como se especifica en el Anexo 1: Detalles del procesamiento de datos del Acuerdo de procesamiento de datos.

Categorías especiales de datos (si corresponde) Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías especiales de datos: Ninguna

Operaciones de procesamiento Siberian Green procesará los datos personales con el fin de proporcionar los Servicios comerciales al exportador de datos de conformidad con el Acuerdo de procesamiento de datos y estas Cláusulas y como se describe en ellos.

Apéndice 2 de las cláusulas contractuales estándar de Siberian Green

 

Este Apéndice forma parte de las Cláusulas.

Descripción de las medidas de seguridad técnicas y organizativas implementadas por el importador de datos de conformidad con las cláusulas 4(c) y 5(c). El importador de datos cumple actualmente con los estándares de seguridad del Anexo 2 - Medidas de seguridad de Siberian Green del Acuerdo de procesamiento de datos. El importador de datos puede actualizar o modificar estos estándares de seguridad de vez en cuando.

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